El exparamilitar deberá seguir privado de la libertad en una celda de la cárcel La Picota de Bogotá.
unque aún se desconoce qué tribunal asumirá los procesos que se adelantan a Salvatore Mancuso, su libertad y eventuales condenas, la Jurisdicción Especial para la Paz, en medio de un conflicto por competencias, decidió pronunciarse sobre el pedido de excarcelación transitoria, condicional y anticipada a favor del exjefe paramilitar. En su decisión, la JEP negó, por el momento, conceder la libertad y en consecuencia mantener encarcelado al exlíder de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
Argumenta el tribunal que para conceder el beneficio, deberán acreditarse y analizar unas serie de exigencias normativas para su concesión, incluido la condicionalidad.
“Lo cual implica un despliegue de actos por parte de esta Jurisdicción en cuanto a las actuaciones procesales (provisión de información y piezas procesales, así como la garantía de participación de las víctimas) como presupuesto para decidir sobre el beneficio transicional que (…) no resultan caprichosos ni arbitrario –sino– (…) con pleno fundamento jurídico y se encuentran justificados”, explica la JEP.
En su decisión, el tribunal de justicia transicional aclara que “no posee por ahora los elementos objetivos exigidos por la naturaleza de la condición de compareciente de Salvatore Mancuso Gómez”.
Así mismo, anuncia que analizará al detalle la resolución por medio de la cual Mancuso fue designado como Gestor de Paz, pues con base en ese otorgamiento es que se está solicitando la excarcelación.
“En sede de verificar los requisitos de la libertad transitoria, condiciona y anticipada y de cara a la solicitud “activación urgente de la Resolución 244 de 2023 que designa a Salvatore Mancuso Gestor de Paz y en consecuencia ordene suspender todas las medidas de aseguramiento en su contra.”; debiéndose cumplir de manera rigurosa lo señalado en la decisión de segunda instancia referida, en cuanto deberán solicitarse las pruebas allí señaladas. Por lo anterior, no se concederá la libertad transitoria, condicionada y anticipada solicitada por el abogado defensor del señor Salvatore Mancuso”, precisó la Jurisdicción Especial de Paz.
Ahora, esta decisión sienta un precedente determinante para el futuro de Mancuso. Su libertad debe ser resuelta ya sea por la JEP o por Justicia y Paz. En los tribunales de Justicia y Paz hay fallos contradictorios frente a la excarcelación. Dos magistrados de Bogotá le concedieron el beneficio, mientras que en Barranquilla se lo negaron, a lo que se suma la JEP que resolvió, al menos por ahora, no acceder al pedido de libertad.
Lo cierto es, que para que el excomandante paramilitar pueda salir de la cárcel, tal como lo pidió el presidente Gustavo Petro, encontra suya no podrá haber ninguna medida de aseguramiento privativa de la libertad, de autoridad judicial alguna.
Actualmente, la Corte Constitucional analiza un conflicto por competencias entre la JEP y Justicia y Paz. Ese alto tribunal deberá definir cuál justicia transicional queda a cargo del futuro de Mancuso.